Impuestazo a la compraventa de vivienda a partir de 2015

Pues sí que había un impuestazo reservado para la vivienda en la reforma fiscal. Hacienda ha eliminado los coeficientes de inflación y abatimiento que corregían a la baja las plusvalías y por lo tanto reducían considerablemente la tributación en el Impuesto de la Renta por la venta de un inmueble. Los expertos alertan sobre el efecto que puede tener esta medida sobre el mercado inmobiliario.

Pues sí que había un impuestazo reservado para la vivienda en la reforma fiscal. Hacienda ha eliminado los coeficientes de inflación y abatimiento que corregían a la baja las plusvalías y por lo tanto reducían considerablemente la tributación en el Impuesto de la Renta por la venta de un inmueble.

Los expertos alertan sobre el efecto que puede tener esta medida sobre el mercado inmobiliario. La compraventa de una vivienda saldrá bastante más cara a partir del 1 de enero de 2015 debido a que el vendedor habrá de tributar mucho más por las plusvalías que obtenga.

Cuando un contribuyente enajena una vivienda, ha de tributar por la revalorización que haya experimentado el inmueble desde que lo compró. Ahora bien, en la actualidad se aplica un coeficiente de actualización, el cual descuenta de esa plusvalía toda la inflación sufrida en esos años, de modo que sólo se tributa por la ganancia real de valor y no simplemente por un exagerado incremento de los precios.

Además, para las viviendas que se han comprado antes del 31 de diciembre de 1994, existen también unos coeficientes de abatimiento que a la hora de calcular la plusvalía descuentan parte de las enormes revalorizaciones existentes en las fincas más antiguas.

Pues bien, en el Anteproyecto de Ley del IRPF se ha alterado el artículo 35 y ya no se incluye el ajuste mediante coeficientes. O dicho de otro modo, las plusvalías a largo plazo tendrán que tributar en cantidades muy superiores. Por dar una idea, si durante los últimos 20 años se ha registrado una inflación media del 2 por ciento, el vendedor de una vivienda deberá tributar en torno a un 20 por ciento más por la plusvalía al tipo máximo de la tarifa del ahorro.

Así, en el caso de un piso cuyo precio se haya revalorizado en 100.000 euros de los cuales 50.000 son inflación, esos 50.000 se incluyen en Renta al 25 por ciento y, en consecuencia, el contribuyente pagará unos 12.000 euros más. En definitiva, si se grava toda la diferencia entre el precio de compra y el de venta puro y duro, esa revalorización es puramente inflacionaria y depende mucho del ciclo.

“Este cambio va en contra del principio de capacidad económica al no contabilizar los incrementos reales sino los incrementos de precios. No se puede hacer tributar a un individuo sin tener en cuenta 40 años de inflaciones muy elevadas”, sostiene Francisco de la Torre, inspector fiscal y autor de libro ‘¿Hacienda somos todos?’.

Y añade: “Para mayor inri, modifican esto pero no cambian el agujero que hay en Sucesiones para estos casos. Muchos aprovechan que en lugares como Madrid se tributa muy poco por Sucesiones para fijar un precio de transmisión muy elevado y poder vender más tarde sin apenas plusvalías”.

Varios analistas consultados consideran que la nueva normativa puede tener un impacto similar a la pequeña burbuja que se generó por la reaparición de la desgravación por compra de vivienda, si bien siempre están las dificultades que ahora ponen los bancos en la concesión de hipotecas. “De aprobarse, puede suponer un severo golpe a la oferta de viviendas”, explican.

Estas iniciativas ya las proponía la Comisión Lagares y afectan a todo tipo de transmisiones. No obstante, tendrán un efecto particularmente gravoso sobre el ladrillo al padecer éste revalorizaciones muy elevadas a lo largo del tiempo. El precio de adquisición no es igual si se compró el año pasado o hace treinta años. Curiosamente, al mismo tiempo que se empeora la tributación de la plusvalía a largo plazo, se mejora el tratamiento de las plusvalías a corto, que estaban penalizadas por la venta a menos de un año.

La eliminación de los coeficientes representa un elemento más de la letra pequeña diseñada para compensar la rebaja del IRPF, entre la que se encuentra la tributación de la indemnización por despido. La reforma fiscal ha sido juzgada como un fracaso por muchos miembros del PP que la consideraban su gran baza electoral.

Fuente:

http://vozpopuli.com/economia-y-finanzas/45687-impuestazo-a-la-compraventa-de-vivienda-a-partir-de-2015?utm_referrer=http%253A%252F%252Ft.co%252FqLW5dziGHS